Duración: 9 minutos 43 segundos
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Según la normatividad vigente en el ET, las personas naturales extranjeras que estén de paso por Colombia o que se domicilien en Colombia también serían consideradas como sujetos pasivos del impuesto sobre la renta y complementarios ante el Gobierno Colombiano.
En esos casos, las tarifas aplicables a sus rentas liquidas gravables están definidas en normas muy especiales y van a depender de si la persona natural extranjera tuvo las condiciones de "residente" o de "no residente" dentro del respectivo año fiscal.
En esta miniconferencia analizamos cuáles son esas tarifas aplicables en el impuesto de renta para las personas naturales extranjeras.
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Modalidad: Conferencia de 42 minutos
Conferecista: Dr. Alexander Coral
Material IncluÃdo: Diapositivas, Video, MP3
Tema: Cuando una empresa entra en una liquidación o en un plan de salvamento comercial, los primeros afectados son los proveedores a quienes se les debe dinero. Y muchas veces no sabemos a quien priorizar.Afortunadamente, las normas vigentes plantean salidas claras mediate la Prelación de Créditos.
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Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 1 hora 13 minutos
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Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 2 conferencias de
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Duración: 48 minutos
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Duración: 42 minutos
Material complementario:
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Conferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 1 hora 30 minutos (repartidos en 2 partes)
Reciban mi felicitación especial a todo el Equipo de Actualícese, toda la información es muy valiosa.
Dios les Bendiga.
gracias muy opotuno los comentarios de residente y no
Dr. Jose Hernando Zuluaga,
Reciban un cordial saludo desde estas lejanas tierras, deseando que Dios derrame sobre ustedes todas las Bendiciones merecidas por cierto por el trabajo y esfuerzo realizado, en estas Navidades y que el ano entrante sean de prosperidad para ud, su flia y todos los miembros de la firma.
De ustedes, cordialmente, Senen Molinares, CP y Abogado.
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felicitaciones por la noticias tan oportunas e importantes que nos allegan diariamente soy una fiel lectora lo cual me ha permitido mantenerme muy actualizada
freliz navida y año colegas. En cuanto al impuesto nuevo de patrimonio me parece exelente ya que de esta forma pone la dian a los ricos a que por este medio le colabore a los pobres y al estado
LES DESEO QUE LA ALEGRIA DE LA NAVIDAD PERDURE EN USTEDES TODO EL AñO Y QUE LA EMOCIóN DE LA LLEGADA DEL NUEVO AñO, TRAIGA CONSIGO AMOR, FELICIDAD Y SOBRE TODO MUCHA ARMONíA Y PAZ EN SUS HOGARES.
REFERENTE AL ART. 9 DE ET. Personas naturales residentes en Colombia, son las que han vivido como mínimo 6 meses continuos o discontinuos en el período,en la conferencia se dice que pueden ser 4 meses en un año y 2 meses en el otro; luego así no sería diferente período?. Entiendo 6 meses durante el mismo año. Ejemplo: Febrero a mayo =4 meses y octubre a noviembre = 2 meses
Gracias por atender mi duda.
cordial saludo:
Doctores de Actualicese necesito el favor me colaboren en lo siguiente: cuando un comerciante esta en el regimen simplificado y segun los requisitos no cumple estar en el regimen simplificado y el comerciante hace actualizacion a diciembre 22 del 2006 para cambiar de regimen comun, lo hizo por medio de una camara de comercio ya le entregaron la documentacion pero hay que enviarla a valledupar Dian. Entonces mi pregunta es, el esta obligado a declarar todo el año 2006 en el regimen simplificado.
Otra cosa y los documentos no los ha enviado a la Dian los puede enviar en enero 2007.
Buenos días: Mi nombre es Miguel ángel Bustos Vásquez y soy abogado especializado en Derecho Tributario. Me complace saber que existe una herramienta tan importante como la que ustedes presentan a la comunidad, especialmente de Contadores Públicos. Desde mi profesión y especialidad, me gustaría poder colaborar en la absolución de algunas inquietudes que los suscriptores de actualicese.com puedan tener. Mi correo electrónico es miguelbustos@etb.net.co . Reciban un cordial saludo.
agradesco a actualicese por la informacion tan util que me han enviado y quisiera otra video conferencia como la que me mandaron.
Hola muy buenas tardes, quiero saber si a los extranjeros se les debe hacer retenciones tomando en cuenta que no son residentes, tambien quiero que medigan cual es la norma aplicable frente al caso y si es verdad que los libros son exentos de impuestos
QUE ES LA UVT, CADA CUANTO SE CAMBIARA LA UVT
Para el caso contrario de una persona natural colombiana, residente en Colombia, que reciba renta extranjera que procedimiento se debe aplicar para el manejo de la declaración de renta.
Si mi pueden colaborar con esta consulta les agradezco.