Duración: 12 minutos 49 segundos
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Sabiendo que en los próximos días serán muchas las personas naturales a quienes la DIAN les hará llegar una carta especial invitandolas a presentar su declaracion de renta 2005 (ya que fueron detectadas como omisas de dicha obligación fiscal), es
conveniente tener claros algunos conceptos que son propios de las declaraciones de renta de ese tipo de contribuyentes.Uno de ellos es el concepto de “gananciales”.
En esta Conferencia Virtual te explicaremos en qué casos una persona natural puede llegar a
percibir un ingreso por el concepto de “gananciales” e igualmente te ilustraremos sobre su correcto tratamiento dentro de la declaración de renta respectiva.
Definición de “gananciales”
Cómo se denuncian en la declaración de renta de la persona natural que los perciba? .
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Mil gracias por la aclaracionde los ganaciales, pregunto? el 50% que heredan los hijos por causa de disolución de la liquidación sociedad conyugal por muerte de uno lo que reciben los hijos se le da el mismo tratamiento de ganancial y se declara en el renglón otros ingresos y como ingreso no constitutivo de renta.
Mil gracias
German Roa.
Muchas gracias por las conferencias,son muy puntuales y de gran ayuda.felicitaciones al grupo editorial..definitivamente actualicese es la mejor pagina para nosotros los contadores…
Aprendo ahora comodamente sin molestar a nadie gracias verdaderamente merecen una felicitación
Cecilia
Gracias por su siempre preocupación para mejorar y dignificar nuestra profesión. Estoy seguro que ustedes son la mayor fuente de información en el mundo contable. Gracias por su valioso aporte. y mil Felicitaciones.
Felicito sinceramente a Actualicese.com por su gran ayuda en los temas tributarios
Definitivamente Actualicese son los únicos que bridan informacion puntual y alctualizada a nosotros los contadores, muchas felicitaciones y sinceros agradecimientos; por favor no dejen de hacerlo
Una vez mas reitero mis agradecimientos a actualicese por su constante colaboracion con aquellas personas que estamos dentro del mundo contable, FELICITACIONES.
Muchas felicitaciones y muchas gracias por sus excelentes miniconferencia, pero me surge una duda al respecto del ejemplo: si los patrimonios liquidos fueran Juan alvarez (causante) $ 3.000.000 y Rosa Perez (Beneficiaria) $ 7.000.000 segun el ejemplo se le asignaria a Rosa un ganancial de 5.000.000 lo cual le dispara su patrimonio a $ 12.000.000 superior al patrimonio total de la sociedad conyugal lo cual noe es logico. le ruego me disculpe pero le agradeceria revisar el tema.
muchas gracias
Es pimportante el tema, a demas que por más que se tenga esperiencia en la elaboración de las declaraciones siempre hay cosas que es bueno recordar y en mucho de los caso estudiar.
Me parece importante este sistema de conferencia porque no se pierde tiempo, mientras se trabaja ademas es corta y clara.
gracias por sus buenos productos.
NO ENENDI LO DEL CAMBIO DE PATRIMONIO A $8.000.000.00 SI ELLA TENIA NETO $3.000.000.00 Y AL REPARTIR LOS $10.000.000.00 DE LA SOCIEDAD AUMENTA A $5.000.000.00 EL AUMENTO DEL PATRIMONIO SERIA $2.000.000.00 O LA PARTE DE SUS $3.000.000.00 INICIALES SE TOMA COMO UN INGRESO TAMBIEN? MAS LA PARTE DE LA LIQUIDACION CONYUGAL DARIA LOS $8.000.000.00
Muchas gracias por brindar informacion acutalizada a quienes ejercemos esta digna profesion. Con sus conferencias es facil entender los temas. Felicitaciones.
Comparto el comentario de Joffre Ramirez, me parece que sería contradictorio para ella porque finalmente ella solo se beneficiaria en $2.000.000 pero si su patrimonio se aumenta en $ 5.000.000.
muchas gracias, son de muchisisima ayuda todos sus aportes.-
agradezco por sus comentarios, han sido muy productivos para el ejercicio de mi carrera.
deseo solicitar orientación sobre este caso.
existe una herencia de una familia , su padre quien murió hace 4 años, había declarado hasta el 2000 y en este momento para poder levantar la sucesión el abogado exige una declaración de la sucesión iliquida del año 2005 y parte del 2006. cómo se hace esta gestión? se tiene que pagar todas las sansiones por no declarar? o hay alguna manera de legitimar esta situación? . gracias por su pronta respuesta.
HE VSITO LA CONFERENCIA VIRTUAL SOBRE GANANCIALES LA CUAL ME HA SIDO DE MUCHA AYUDA,SIGUE VIGENTE LA NORMA PARA LA DECLARACION DEL AñO 2006 EN CUANTO A QUE LO QUE RECIBE EL CONYUGE,50% DE LA SOCIEDAD CONYUGAL ES 100% EXCENTO?GRACIAS ESPERO UNA RESPUESTA PRONTO,ESTOY HACIENDO UNA SUCESION-
buenas tardes,
la conferencias sobre gananciales es muy importante y me parece muy clara, enuanto a la parte de repartir los gananciales, pero hay una parte que no me quedo bien clara del todo, siendo que el patrimonio neto de rosa perez era de 3.000.000, y al repartir los gaaciales recibe 5.000.000, en esos 5.000.000 no se tiene encuenta los 3.000.000 que ya tenía. y como fue por muerte del esposo, se supone que a los hijo les corres`ponde la otra mitad, pero en esta caso solo le corresponderia al hijo 2.000.000.
agredesco y me aclaren es duda,
muchas gracias por todos los beneficios que nos brindan, y disculpen por tanta molestis.
FELICITACIONES.