Hoy día muchas personas naturales están interviniendo en operaciones económicas que los pueden convertir en agentes de retención a título del impuesto de renta.
En efecto, las normas del Estatuto Tributario Nacional contenidas en los art.365 hasta 419 nos mencionan las condiciones en las cuales habría lugar para que una persona natural, al momento de hacer pagos a terceros (ya sean estos ubicados en Colombia o ubicados en el exterior), deba entrar a practicar la respectiva retención a título del impuesto de renta.
Tales normas se deben leer muy detenidamente, pues son muchos los contribuyentes o asesores que piensan que en todos los casos la condición para que una persona natural actúe como agente de retención es que sea “comerciante” (art.368-2).
Sin embargo, tal exigencia (la de que la persona natural que realiza el pago sea “comerciante”) es una exigencia que no aplica para varios de los conceptos sujetos a retención (por ejemplo, para pagos por salarios; art.382).
En vista de lo anterior, mediante la siguiente matriz, se puede determinar si según el concepto del pago sujeto a retención y según la categoría que ostente la persona natural que efectúa dicha clase de pago o abono en cuenta, habría lugar o no que tal persona actúe como agente de retención.
|
Concepto del pago o abono en cuenta sujeto a retención |
Persona natural No comerciante (sin importar sus patrimonios ni ingresos) | Persona natural Comerciante pero que NO reúne los requisitos del art. 368-2 respecto a patrimonio bruto o ingresos brutos | Persona natural Comerciante que SI reúne los requisitos del art.368-2 respecto a patrimonio bruto o ingresos brutos |
|---|---|---|---|
|
Salarios y demás pagos laborales (art.382) |
Sí |
Sí |
Sí |
|
Dividendos |
No |
No |
No |
|
Honorarios, Comisiones y Servicios (art.392 ET) |
No |
No |
Sí |
|
Intereses y Rendimientos Financieros |
No |
No |
Sí |
|
Otros ingresos (Compras, rifas, juegos; art.401) |
No |
No |
Sí |
|
Pagos al exterior por renta y remesas (406 y 417 ET) |
Sí |
Sí |
Sí |
Advertencia: Habría que tener cuidado cuando una Persona Natural actúe como Mandataria en un Contrato de Mandato, pues en tal caso las retenciones se hacen según las características del Mandante y no del Mandatario (dec.3050/97,art.29).
Nota: Recuerda que en esta herramienta solo hablamos de las retenciones que una persona natural practicaría a título del Impuesto de Renta . Pero si quieres estudiar en qué momentos esas mismas personas naturales actuarían como agentes de retención a título del impuesto de IVA y a título del impuesto de timbre, no olvides consultar la conferencia No. 26 en nuestro publicación educativa en CD: “Aplicación y gestión de los impuestos nacionales”.
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Modalidad: Conferencia de 42 minutos
Conferecista: Dr. Alexander Coral
Material Incluído: Diapositivas, Video, MP3
Tema: Cuando una empresa entra en una liquidación o en un plan de salvamento comercial, los primeros afectados son los proveedores a quienes se les debe dinero. Y muchas veces no sabemos a quien priorizar.Afortunadamente, las normas vigentes plantean salidas claras mediate la Prelación de Créditos.
¿Cómo ven la Contaduría Pública los estudiantes?
Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 1 hora 13 minutos
Hilos Conductores para el Contador Público del Futuro
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Duración: 2 conferencias de
Lo legal y lo ilegal en la contratación del Servicio Doméstico
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3 Casos prácticos para la Declaración de Renta 2007 de Personas Naturales
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Material complementario:
Contabilidad y Auditoría del Valor Razonable (2 Conferencias)
Conferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 1 hora 30 minutos (repartidos en 2 partes)
CUANDO UNA PERSONA NATURAL, REGIMEN COMUN, DEBE REALIZAR RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS?
ivan: una persona natural es agente retenedor a titulo de renta cuando sus ingresos brutos o ingresos brutos a dic. 2005 no hayan excedido la suma de $596.135.000.
OR FAVOR, ESPECIFICAR MAS CONCRETAMENTE LO REFERENTE A LAS PERSONAS OBLIGADAS A APLICAR EL COBRO DE RETENCION EN LA FUENTE A TITULO DE RENTA, Y LOS MONTOS Y TARIFAS A APLICAR. ADEMAS, UNA PERSONA JURIDICA QUE RETENCIONES DEBE APLICAR AL FIRMAR UN CONTRATO DE COMPRA CON UNA PERSONA NATURAL DE REGIMEN SIMPLIFICADO, ES URGENTE SU RESPUESTA. GRACIAS
pregunta: cuando una persona cumple con los requisitos del patrimonio e ingresos superiores a los 600.000.000 millones debe empesar a llevar contabilidad. Debe crear empresa unipersonal? para separar los ingresos y gastos personales de los ingresos y gastos de su actividad comercial? gracias por sus comentarios
a donde puedo dirirme para saber si la plata que me esta siendo descontada por concepto de retencion en la fuente sobre el pago de un arriendo gravado con iva esta siendo consignada por el arrendatario?
Amigo Nicolas: La forma como puedes tener un soporte legal de esa retención es solicitando el certificado de retención al que te hace la retención. Este certificado debe cumplir los requisitos legales y normalmente se expide al año siguiente( entre enero y marzo). El valor certificado lo puedes descontar de tu impuesto a cargo, al hacer la declaración de renta, pero si no estas obligado a declarar esa retención representa el impuesto a cargo por esos ingresos.
Las cooperativas de trabajo asociado estan obligadas a practicar retencion en la fuente sobre las compensaciones, segun que norma y a partir de que monto.
la contaduria es ejercida por profecional de dicha rama.
la teneduria de libro es ejercida por cualquier persona y no necesita ser un profecional en contaduria
Que articulo o decreto dice con claridad que un agricultor no debe practicar retencion en la fuente. puesto que en la dian segun ellos dicen que se convierte en comerciante cuando vende sus productos y desde ese momento se convierte en comerciante
Que entidad nos informa sobre el pago de aportes en la planilla unificada
EL FONDO DE SOLIDARIDAD QUE LOS PROFESIONALES PAGAN EN COOMEVA, Y QUE EN LOS EXTRACTOS SE VA ACUMULANDO MES A MES; HACE PARTE DE LA BASE DEL PATRIMONIO BRUTO A DECLARAR?. AGRADEZCO DE ANTEMANO SUS RESPUESTAS.
PARA LAS PERSONAS NATURALES OBLIADAS A LLEVAR CONTABILIDAD COMO DEBE SER EL MANEJO DE SU CUENTA PERSONAL (GASTOS PERSONALES)?
Si la Dian en el Rut, clasifica en el Regimen Simplificado a una persona que se dedica a la venta de celulares de telefonìa celular, por que me dice que debe inscribirse en el regimen comun y liquidar el iva sobre el cobro de la comisiòn, no entiendo por que en el momento de registro no hace la Dian estas aclaraciones.
QUE MONTO DE INGRESOS DEBE TENER UNA PERSONA NATURAL COMERCIANTEEN EL 2006, PARA EMPEZAR A SER AGENTE RETENEDOR A TITULO DE RENTA EN EL AñO 2.0007. GRACIAS
MI PREGUNTA ES UNA PERSONA NATURAL REGIMEN COMúN POR QUE TIENE DOS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO ESTA OBLIGADA A PRACTICAR RETENCION EN LA FUENTE AUQUE NO CUMPLA CON LOS TOPES ESTABLECIDOS EN EL ART.368-2
BUENAS TARDES!
MI NOMBRE ES YOHANNA PINEDA Y TENGO LAS SIGUIENTES INQUIETUDES.
OJALA SEA POSIBLE RESOLVERLAS.
QUE TIPO DE RETENCION SE LE APLICA A UNA PERSONA, LA CUAL TIENE COMO OBJETO LA PRESTACION DE SERVICIOS.
ES VERDAD QUE SOBRE EL MONTO DE LA CUENTA DE COBRO SE LE RETIENE IVA, ICA Y RENTA.
GRACIAS.
A UNA PERSONA NATURAL, LA CUAL EN EL RUT APARECE COMO REGIMEN SIMPLIFICADO, PASA UNA CUENTA DE COBRO A UNA EMPRESA REGIMEN COMUN POR COMISIONES,
COMO ESTAN
MI NOMBRE ES NANY, Y QUISIERA SABER CUALES SON LOS TOPES DEL AñO 2007 PARA SER AGENTE DE RETENCION GRACIAS.
COMO ESTAN
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COMO ESTAN
MI NOMBRE ES NANY, Y QUISIERA SABER CUALES SON LOS TOPES DEL AñO 2007 PARA SER AGENTE DE RETENCION GRACIAS.
COMO ESTAN
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SEñORES ABOGADOS TRIBUTARIOS LES AGRADESCO SI ME ORIENTARAN EN ESTE CASO..
TRABAJE DURANTE 18AñOS Y1 MES EN EMPRESA PRIVADA. ME RETIRE DE LA COMPAñIA EL 17 DE JULIO DE 2007 DE LA CUAL ME DIERON UNA BONIFICACION POR RETIRO VOLUNTARIO DE 93.032.703. PESOS MAS PRIMAS, ME SALIO UN TOTAL DE 99.139.268.0O PERO DE LOS CUALES ME DESCONTARON LO SIGUIENTE POR PRESTAMO AFONDO DE EMPLEADOS O COOPERATIVA POR PRESTAMO DE VIVIENDA..34.171.OO MAS DEDUCCIONES ME SALIO UN TOTAL NETO.DE 49.331.616.OO MAS CANCELACIONES A BANCOS Y PERSONAS DE DEUDAS CONTRAIDAS..33.OOO.OOO.OO DE LOS CIUALES TODA LA PLATICA DE LA LIQUIDACION LA PAGUE… Y PRACTICAMENTE ME QUEDE SIN UN PESO…. CUANTO ME TOCARIA PAGAR ALA DIAN ,, O EL MONTO MINIMO A PAGAR AL ADIAN SABIENDO QUE ME QUEDE SIN UN PESO PARA PAGAR ALA DIAN ACONSEJEME,, QUE DEBO HACER AHORITA ME ENCUENTRO DESEMPLEADO .. QUE HAGO POR FAVOR ACONSEJENME LES AGRADESCO SUS RESPUESTAS,,,,,,,,,,,,,,,,