Una vez cerrado el primer trimestre del 2006, es importante recordar que todas aquellas sociedades comerciales que no estén en la simple condición de “inspeccionadas” por parte de la Superintendencia de Sociedades, y que se encuentren en situaciones que las señalan como entidades bajo la “vigilancia y control” por parte de la mencionada entidad, se enfrentan a la responsabilidad de prepara el reporte trimestral de Estados Financieros 2006 que la Superintendencia ha exigido.
Nota: para distinguir los términos “inspeccionada”, “vigilada” y “controlada” se deben estudiar los art.82 a 84 de la ley 222 de dic. de 1995 y el decreto 3100 de dic. de 1997
En efecto, debe recordarse que a través de la circular externa 007 de octubre de 2005 - expedida por la Superintendencia de Sociedades - se señaló que por primera vez los reportes que se hacen a tal entidad, y que tradicionalmente solo se hacían una vez al año (cuando se cerraba el año calendario), son ahora reportes que también se deben hacer trimestralmente (pero solo para las sociedades comerciales que estén, como ya dijimos, en condiciones de “vigialadas y controladas” por parte de la Superintendencia) y los plazos, según el NIT, empiezan a vencerse el 15 de mayo de 2006 (consulta nuestro editorial “Cuáles son las sociedades que deberán reportar Estados Financieros a la Superintendencia de Sociedades durante el 2006?”).
La tarea será especialmente complicada para aquellas Sociedades Comerciales que funcionan como la matriz de otras sociedades (poseen directamente en ellas o a través de sus filiales una inversión superior al 50% del capital social), es necesario:
Debe recordarse que a quienes les corresponda hacer el reporte trimestral a la Superintendencia de Sociedades, debe hacerse:
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Los Sistemas de Cobranza hacen uso de la tecnología de una forma intensiva para hacer efectiva su labor, lo cual no deja de ser una molestia para muchas personas que reciben llamadas de grabaciones automatizadas en horas de la noche. ¿Hay fallos éticos en estos "molestos" métodos? ¿O es una molestia merecida por aquellos que no pagan a tiempo sus obligaciones?.
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La empresa comercial envio la primer informacion tiempo despues del calendario suministrado por la Supersociedades, y los documentos se enviaron quince dias despues, que problemas acarrea el no haberla presentado en la fecha? Quiero manifestar que el sistema super.exe posee muchas falencias y se bloqueaba en determinados casos, para lo cual creo que deben ser tenido encuenta y corregir antes de enviar un sistema tan complejo como este…
Respecto a la presentacion del informe trimestralizado de Supersociedades el rango de fechas a tener encuenta para remitir la informacion es: Informe anterior a Marzo 2.005, Informe actual a Marzo 2.006 o Informe anterior a Diciembre 2.005, Informe actual a Marzo 2.006?.
Agradecemos su amable colaboracion
Hechas ciertas averiguaciones la posición de la SS es que deben compararse marzo 2006-marzo 2005 (primer trimestre)tanto las cuentas de balance como las cuentas de resultados. Las notas a esos estados financieros, lógicamente, deben tener la misma presentación.
En relación con el envío extemporáneo de la información a SS, puede esperar una multa porque no hay explicación alguna para no haberla presentado oportunamente. SS, en su inflexibilidad, no considera ningún tipo de atenuante.
todas las empresas que reportaron informacion a SS con corte a 31-12-2005, estan obligadas a reportar trimestralmente a partir del corte a 31-marzo-2006?
[...] Elaborar estados financieros trimestrales a la Supersociedades (consulta nuestro editorial al respecto haciendo clic aquí). [...]
que es un certificado de suficiencia patrimonial y financiera
Si he presentado la informacion ante la Suoer de forma extemporanea, que sanciones acarrea esto, como se tasan dichas sanciones, cuales son la sexcptciones. Agradezco su respuesta