Como es conocido por muchos, a finales de octubre de 2005 la DIAN expidió las resoluciones 10141 a 10149 sobre medios magnéticos para el año gravable 2005 (Art. 623 a 631-1 del E.T.)
Los plazos para suministrar tal información vencen en la mayoría de los casos, a partir de mayo de 2006, y pensando en esta obligación, actualícese.com realizó un resumen sobre tales resoluciones, para facilitar la comprensión y análisis (para verlo, haz click aquí ).
En días pasados algunos miembros de la comunidad de actualicese.com , alertaron sobre algunas “imprecisiones” que se detectaban en la lectura de las más recientes resoluciones sobre medios magnéticos.
Por eso, hace unos días la DIAN mediante Resolución 12466 de dic. 21 de 2005 , entró a corregir algunas de estas “imprecisiones”, que giran en torno a modificar la estructura de los “formatos” a través de los cuales se ha de recolectar la información exigida.
En relación con la información a suministrar del Art. 631 del ET (resolución 10147), la DIAN hizo, algunas rectificaciones que comentaremos a continuación.
|
Formato Modificado
|
Como estaba ANTES
|
Como quedó AHORA
|
|---|---|---|
|
1. Formato 1002 Espacio para suministro de Dirección |
En el Art.5 de la resolución 10147 se indicaba que era obligatorio suministrar la “dirección” de aquellos a quienes se practicaron retenciones en la fuente durante 2005 (literal “b” del Art. 631 del ET). Pero al examinar la estructura del “formato 1002” a través del cual se recopilaría toda esa información (anexo 03 de la resolución antes citada), sucedía que tal “formato” no tenía diseñados los campos para digitar tal dirección . |
La DIAN entró a modificar la estructura del “formato 1002” y de esa forma sí habrá manera de reportar la “dirección ”, “código de departamento” y “código de municipio” de todos aquellos terceros a quienes se practicaron retenciones en la fuente (recomendamos leer otro artículo relacionado, haciendo clik aquí ) |
|
2. Formato 1002, dígito de Verificación |
En relación con el formato 1002, la DIAN pedía que “el dígito de verificación” de los NIT’s con que se identificará a cada tercero reportado en dicho formato era inicialmente un dato obligatorio. |
Ahora la DIAN indica que dicho “digito de verificación” es opcional. |
|
3. Formato 1006 |
En el formato 1006 se reportaría el dato sobre el valor de los IVA’s generados y de los IVA’s de las devoluciones en compras llevados a las declaraciones de IVA durante 2005. La estructura inicial de tal formato indicaba que se tendría que suministrar el dato del IVA descontable y de los IVA’s de las devoluciones en ventas (para reportar estos último datos, no se usa el formato 1006 sino el formato 1005; ver art.9 de la resolución 10147 de oct de 2005). |
la DIAN rectificó que en el formato 1006 los datos a reportar son: * IVA’s generados * IVA’s de las devoluciones en compras. |
|
Para quienes fueron intermediarios o mandatarios en contratos de mandato durante el 2005, la información relacionada con el desarrollo de tales contratos de mandato se debe reportar usando los “formatos” 1016, 1053, 1017, 1054, 1055, 1027 y 1018. |
La DIAN entró a modificar los formatos 1053, 1054, 1055 y 1027 (anexos 24, 26 y 27 respectivamente en la resolución 10147), para indicar que “el dígito de verificación” del tercero que quedará incluido en tales formatos ya no es un dato obligatorio. |
|
|
Resoluciones 10141 a 10149 |
En lo que respecta a la forma para entregar la información exigida a través de todas las resoluciones (resoluciones 10141 a 10149), la DIAN indicaba que el medio físico para hacerle llegar la información era el CD, o el diskette. |
Ahora para entregar la información, además de estos medios, también será posible emplear las “memorias flash USB” (ver art.5 de la resolución 12466 de dic 21 de 2004) |
A pesar de las importantes correcciones que la DIAN hace mediante su resolución 12466 para corregir las “imprecisiones” que estaban contenidas en las versiones originales de las resoluciones 10141 a 10149, es importante comentar que aún subsisten algunos “vacíos” importantes dentro de la resolución 10147 los cuales hemos dado a conocer a la DIAN a través de una carta en el portal de actualicese.com
Esperamos que estos vacíos sean aclarados oficialmente dentro de poco tiempo (si quieres conocer cuales son esos otros “vacios” o “imprecisiones”que en www.actualicese.com hemos detectado, has click aquí )
Recibe semanalmente la información Contable y Tributaria más actualizada.

La Ética Profesional, la Credibilidad, los Conocimientos Técnicos y los Profesionales son algunos de los Factores que se exponen en esta Conferencia dictada por el Dr. Enrique Zamorano, quien nos muestra algunos de los deberes que los Contadores Públicos tienen ante la Sociedad, sus Colegas y la Profesión.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
quisiera saber la prescripcin del envio de medios magneticos,cuanto tiempo es para quedar exonerado de la sancion por no enviar medios magneticos por no actuacion de la dian
gracias
frank
me parece interesante conocer los formatos de envio de la informacion en medios magneticos cuando se publicaran
QUISIERA SABER SI USTEDES VAN A RELIZAR ALGUN SEMINARIO SOBRE MEDIOS MAGNETICOS EN LA CIUDAD DE BARRANQUILLA, POR FAVOR INFORMARME DIA ATRAVEZ DE MI CORREO ELECTRONICO
GRACIAS HELIA FERNANDEZ
No entiendo porque todavia nos seguimos preguntando cuando la DIAN sacara el archivo de medios magneticos, el esquema XSD es el prevalidador y por medio de Excel 2003 se puede generar el XML, si la entrega de los medios magenticos fuera mañana, ya tendriamos todas las herramientas suficientes para entregar esta informacion.
CESAR ARENAS
Contador Publico
Quisiera saber sobre los medios magneticos ditritales su peresentacion y las fechas de presentacion
Al igual conocer a fondo la informacion sobre el certificado digital
Agradezco de antemano su colaboracion
Elena Gomez
Con las nuevas disposiciones sobre la entrega de información en medios magnéticos, una empresa que sólo por el hecho de haber practicado retención en al fuente quedó obligada a hacerlo. Quiero confirmar si solamente debe entregar el formato referente a la Retención en al fuente o todos los treinta y pico de formatos, porque en la resolución no es muy precisa esta información y un contador amigo me dice que sólo debe ser el de la Retención.
Cordialmente
Alberto Bernal Mesa
MI PREGUNTA ES, SI UNA CONGREGACION RELIGIOSA, SEA CATOLICA Y NO CATOLICA, ESTAN OBLIGADOS A PREPARAR MEDIOS MAGNETICOS.
se va acercando la hora de presentar la información en medios magneticos y aün no ha salido el formulario de la DIAN, cuando lo actualizaran?, van a dictar cursos sobre este tema?
En mi opinión la DIAN debe ser muy clara en cuanto a que formularios serán los que se deben diligenciar, pues hay mucha confusion respecto a esto
QUIERO PREGUNTAR SI LAS ENTIDADES DEL REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL , SIN TENER EN CUENTA LOS INGRESOS O EL PATRIMONIO , ESTA OBLIGADA A ENVIAR EL INFORME EN MEDIOS MAGNETICOS , LO ANTERIOR EN VISTA DE QUE EN EL ARTICULO 4 PAGOS O ABONO EN CUENTA PARAGRAFO 4 MANIFIESTA QUE LA ENTIDADES DEL REGIMEN TRIBUTARI ESPECIAL DEBERAN REPORTAR LA TOTALIDAD DE SUS EGRESOS
SHIRLEY OTALORA, FEBRERO 09 DEL 2006
LAS ENTIDADES DEL REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL , INDEPENDIENTEMENTE DEL VALOR DE SUS INGRESOS O PATRIMONIO , ESTAN OBLIGADAS A INFORMAR EN MEDIOS MAGNETICOS POR EL AñO 2005 LA TOTALIDAD DE SUS EGRESOS ?
CUALQUIER AYUDA FAVOR ENVIARLA A shir555@hotmail.com
tengo una inquietud, soy distribuidora de leche, las facturas de compra y venta son a nombre propio, pero he sido sancionada por no reportar por medios magneticos, la norma dice que debo reportar si mis ingresos superan los 1.500.000.000 de pesos, pero esos ingresos no son mios, como recibo el dinero lo consigno directamente a la cuenta de las distribuidora, yo soy simplemente un intermediario, debo paga esa sancion tan alta? hay alguna norma que me protega sobre ingresos para terceros aun como dije antes estando las facturas de venta y compra a mi nombre, por favor ayudenme
Hola ponte en contacto con migo, para poderte a ayudar en tu inquietud famuce@hotmail.com
Por favor, quisiera saber si hay alguna nueva resolución a la fecha que explique si ha cambiado en algo la presentacion de medios magneticos año 2005.
CORDIAL SALUDO A TODOS!
PARA:RAMON NERIQUE DUSSAN MACIAS
USTED PUEDE UTILIZAR EL PREVALIDADOR PARA LA PRESENTACION DE INFORMACION POR ENVIO DE ARCHIVOS QUE DISEñO LA DIAN PARA CONVERTIR LOS ARCHIVOS XML, ES GRATUITO Y SE DESCARGA EN LA PAGINA DE LA DIAN EN http://www.dian.gov.co ES UN ARCHIVO EN EXCEL Q PUEDE INSTALAR EN SU CP Y DILENCIAR LOS FORMATOS.
CUALQUIER INCONVENIENTE PUEDE COMUNICARSE AL 5462200.
PARA LA INFORMACION A SUMINISTRAR DE MEDIOS MAGNETICOS AñO 2.006,EL DIGITO DE VERIFICACION ES OBLIGATORIO?,EN CASO DE QUE LA RESPUESTA SEA
POSITIVA CUAL SERIA LA FORMULA PARA CALCULARLO
LES AGRADEZCO SU RESPUESTA.
GRACIAS.
para el caso de los tiquetes de registradora que manejan sistema plu, la causacion del ingreso no se hace por tercero, como se reporta esta informacion de ingresos recibidos en medios magneticos?
SI UNA EMPRESA JURIDICA SOLO DEBE DE REPORTAR EL FORMATO 1002, SU REPRESENTANTE LEGAL DEBERA ACTUALIZAR EL RUT CON RESPECTO A LA RESPONSABILIDAD 22 QUE TRATA DE “SUSCRIBIR DECLARACIONES”, SABIENDO QUE NO TIENE OBLIGACION DE FIRMA DIGITAL
EN EL FORMATO 1005, RESPECTO DEL IVA SOBRE CUANTIAS MENORES QUE TRATAMIENTO SE LE DEBE REALIZA.
hasta que dia son los vencimientos.
si es verdad que los aplazaron.
realice una compra de camisetas en agoasto 01 del 2007 a un proveedor con regimen comun, su resolucion en la factura es de mayo del 2005, ya han pasado 2 años de su vigencia,Esta factura esta fuera de parametros legles o aun me sirve? el proveedor me dice que esta factura no tiene ningun problema, que debo de hacer? o la factura si me sirve?
Por favor, señores de la DIAN. existe la manera de consultar via internet a quien corresponde un rut ?
me interesa en especial el RUT 20647596-8 , EXISTE O NO .
GRACIAS.