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Guía para reconocer las cartas fraudulentas de cobro de impuestos

Por: actualicese.com
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Publicado: 11 de Noviembre de 2005

Una broma muy pesada

Hace poco en una conocida emisora de Cali, en una de las secciones de humor al aire, el locutor llamó a un vendedor haciéndose pasar por un supuesto funcionario de impuestos.

El oyente tenía un puesto de venta callejero conectado irregularme a la electricidad, y un amigo quiso jugarle una broma.

Se le dijo que por una conexión fraudulenta se había hecho acreedor a una “multa” de dos millones que debía cancelar, so pena del cerramiento del negocio.

Después de unos minutos, cuál sería la sorpresa de los oyentes cuando el vendedor decidió acceder a un chantaje por 200 mil pesos con tal de que no le quitaran el puesto de ventas.

La pesada broma que se salió de control dejó entrever el grave problema que tras las campañas de recuperación de cartera de impuestos.

Por un lado, la cultura del no pago de muchos contribuyentes, y por otro lado, la oportunidad que tienen muchos inescrupulosos para aprovechar la desinformación de los usuarios y realizar fraudes o chantajes.

DIAN nos previene sobre cartas fraudulentas

Por eso, con la nueva campaña de la DIAN que incluye el envío de 400 mil cartas a los omisos del impuesto de renta, también se prendieron las alarmas contra los estafadores.

La DIAN empezó mandando las primeras 80 mil comunicaciones en todo el país para instar a los morosos a que presenten sus declaraciones voluntariamente, y así evitar sanciones por extemporaneidad, y simultáneamente, ha advertido a los contribuyentes para que cotejen la autenticidad de las cartas.

Por eso, actualicese.com ha creado una lista para que puedas reconocer las cartas fraudulentas.

Guía para reconocer las cartas fraudulentas de cobro de impuestos

  1. La DIAN no propone en sus comunicados reuniones personales de ningún tipo.
  2. Las comunicaciones de la DIAN que están siendo enviadas dentro del programa de “omisos” no anuncian ninguna visita fiscal ni inspección tributaria.
  3. Si para otras acciones de la DIAN se requieren visitas a inmuebles, los funcionarios se deben presentar debidamente identificados y con el auto comisorio correspondiente, el cual puede ser cotejado con la propia administración antes de permitir la entrada.
  4. Las cartas de la DIAN que se están entregando actualmente, NO se relacionan con ningún período gravable distinto al año 2004 y con ningún otro impuesto distinto al de Renta.
  5. La DIAN no hace citaciones en lugares diferentes a sus oficinas de impuestos en las diferentes ciudades. Además, lo que le está pidiendo a los usuarios es que revisen sus finanzas y presenten ellos mismos su declaración.
  6. La DIAN no manda funcionarios a las viviendas ni para recoger documentos, ni mucho menos para realizar pre-pagos o anticipos.
  7. Por extemporaneidad de la declaración, la DIAN tampoco envía funcionarios a cobrar. Precisamente, en esta ocasión esta usando cartas. Cuando el contribuyente realiza su declaración oportunamente no tiene inconvenientes de cobro coactivo.
  8. De presentarse cobro coactivo, la diligencia judicial se hace bajo procedimientos legales, previo vencimiento de los plazos, y con el concurso de las autoridades correspondientes.
  9. La DIAN no está haciendo promociones, ni promete descuentos o acuerdos de pago anticipado, ni otorga tarifas menores, que las que se establezcan posterior a la declaración del contribuyente. Si alguien te ofrece esto, sospecha e informa a la DIAN y a las autoridades correspondientes.
  10. La DIAN no promete soluciones prontas, ni pagos exoneradores. Eso es lo que dicen los estafadores para que les entregues tu dinero.
  11. En las cartas de la DIAN no están referidos números celulares u otros números telefónicos de supuestos funcionarios con los que puedas realizar negociaciones o acuerdo de pago. Sólo podrás encontrar los números de las oficinas de la DIAN donde se dará información general.
  12. Cotejar con la propia administración que estás en la lista de omisos. Los números telefónicos de la DIAN, correo o dirección los puedes conseguir en el directorio o en la página Web de la dependencia: www.dian.gov.co
  13. La comunicación del programa de omisos de la DIAN, invita a cotejar tu realidad económica, determinar si en verdad la obligación existió o demostrar lo contrario ante las propias autoridades tributarias.
  14. La comunicación de la DIAN invita a inscribirse GRATUITAMENTE en el RUT si en efecto la obligación de declarar existió.

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