El presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez señaló que entre sus prioridades económicas está la eliminación del impuesto a las remesas cuya tarifa es del 7%, y que se cobra por la salida de dinero de Colombia.
Este gravamen representa para el estado tan solo 123 mil millones, ni siquiera el 1% del recaudo, por lo que se consideró como no representativo lo que hace factible su abolición. Igualmente se estudia la posibilidad de y la eliminación del 4 x mil a giros provenientes del exterior, cuyos montos han venido creciendo gradualmente en el último año.
Estos cambios se harán en la próxima reforma tributaria, a radicarse el 9 de septiembre, y que beneficiarían a más de 3 millones de familias que reciben estos dineros en Colombia.
Desde el año anterior, cuando entraron al país 3170 millones de dólares enviados por colombianos residentes en el exterior, el monto de las remesas entrantes creció en un 3% en el último trimestre, cifra que hace presagiar que este año este monto sobrepasaría el valor de las divisas entrantes por petróleo.
Eso, contando tan solo con las cifras oficiales, es decir, dineros enviados de manera legal mediante casas de cambio o entidades autorizadas. Sin embargo, se calcula que ha Colombia pudo haber recibido en el 2.004 la cifra verdadera pudo llegara los 4.460 millones de dólares por concepto de remesas de residentes en el exterior.
Y es que en nuestro país podría pasar lo mismo que ya ocurre en México, donde las remesas superan a los demás reglones de la economía. De hecho, Colombia es el segundo país después de México en divisas, y el octavo del mundo.
La cantidad de Colombianos que durante años emigraron buscando trabajo, o un mejor futuro, y que se han quedado principalmente en Estados Unidos y España, están incrementando esté fenómeno económico que tiene temblando el precio interno del dólar, y el banco de la República con los pelos de punta y sin posibilidad de mantener una tasa cambiaria sana para los exportadores.
Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), entre 1.996 y 2.002, salieron más de 200 mil personas al año del país. Hoy el número de colombianos que reside en el exterior, supera los 3 millones, es decir, casi un 10% de la población.
Es por esto, que la extinción del 4 x mil a remesas podría ser considerada una medida populista, que sin embargo, sería muy bien recibida por este sector de la población, mayormente de estratos medios y bajos. Recordemos que ya la ley 863 del 2003, había eliminado la retención en la fuente que se hacía para los giros provenientes del exterior. Entonces, hasta el 31 de diciembre, todos los giros que hacían los colombianos en el exterior a sus familias en Colombia causaban una retención del tres por ciento, a título de renta. La Reforma Tributaria eliminó la retención en la fuente de esos giros provenientes del exterior. De manera que, hoy en día, cada vez que un colombiano envía sus giros a su familia en Colombia, sólo pago el recargo de servicio de la entidad o casa de cambio y el 4xmil.
El Superintendente de Sociedades, Rodolfo Danies Lacouture, declaró que es un firme impulsor de la abolición del Plan Único de Cuentas, ni más ni menos que el esqueleto de la labor contable en Colombia desde hace más de diez años.
Así lo expresó en el foro sobre Normas Internacionales de Contabilidad, realizado el pasado 2 de septiembre en Bogotá por la OICE, donde se hicieron presentes importantes personalidades del mundo contable como Fernando Catacora, Raúl Alarcón, Gustavo Ramírez Rubio entre otros, así como Kurt Ramin, director de la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés).
El doctor Danies Lacouture argumentó que el Contador público tiene una gran dependencia del PUC, lo que puede llegar a perjudicar la labor contable por su criterio netamente fiscalista;
Según el superintendente, El PUC deja de lado la importancia la planeación contable, por tanto, debe surgir un mecanismo que le diga al empresario cómo organizar la información para que nuestras empresas sean más competitivas en el actual mercado globalizado.
Esta polémica se da en el marco de la discusión sobre la incorporación de las NIC-IAS o Normas internacionales de la Contabilidad en Colombia. La reflexión central de superintendente Danies Lacouture es que la incorporación de las NICs en Colombia debe ser inmediata.
En el marco de una globalización contable y ante un tratado de libre comercio, no podemos temerle al cambio, advirtió, sino que debemos producirlo lo antes posible: “Para que a través de estándares internacionales de contabilidad logremos que la información no siga siendo en Colombia escondida o dispersa, sino que permita confiabilidad, mejor control y difusión de lo que realmente sucede en este paísâ€.
En su conferencia, el funcionario resaltó el equilibrio que debe existir entre el pago del tributo y la generación de riqueza; si lo que queremos hacer es generar riqueza y estimular el desarrollo empresarial, el tributo debe ser consecuente con esa generación de riqueza y no el ‘doberman’ que obliga a registrar los hechos económicos que trascienden a través de la contabilidad.
En este sentido, la propuesta es clara, la tributación debe ser concebida para apoyar la microempresa: “El gran presupuesto económico es el impulso a la micro y mediana empresa, que debe partir de la generación de confianza, cuyo elemento angular y sobre el cual hay que trabajar, se llama información. En la medida en que transmito y recibo la información voy a tener más confianza y voy a generar acciones que van a permitir que haya más inversionistas, más agentes económicos interesados en el negocio y, por consecuencia, darle impulso a la pequeña y mediana empresa como generadoras de riquezaâ€.
Al final de su disertación, el superintendente de sociedades se refirió a la Ley 550, cuyo artículo establece el mandato de impulsar los ajustes de los principios contables a parámetros internacionales. Reconoció que esto no se está cumpliendo y que el gobierno colombiano en en mora de realizar más acciones en pro de este objetivo.
El 9 de septiembre el gobierno anunció que ya tenía listo el proyecto de la nueva reforma tributaria, a presentarse en pocos días ante el senado. Según los últimos anuncios dados por el mismo presidente, y lo que ha dejado saber el ministro de Hacienda, esta sería una reforma pequeña, que ‘apretaría’ pequeñas tuercas desajustadas tras la expiración de varios tributos, como la sobretasa al impuesto de renta, y una más grande, o estructural, tendría que esperarse para cuando se calmen las tormentas políticas.
En épocas pre-electorales, cuando aún está en vilo la sentencia de la corte constitucional sobre la re-elección (quizá la sentencia más esperada de todos los tiempos) y con un presidente como candidato, tal como asegura El precandidato Antonio Navarro, no podría presentarse un panorama más enrarecido.
Es claro para que el país necesita crecer a tasas superiores y encaminarse hacia un ajuste fiscal más serio, y para esto, impuestos e inversión se hacen necesarias. Sin embargo, las reformas tributarias son siempre impopulares; el ciudadano común las rechaza de entrada diciendo: “otra reforma tributaria es más impuestosâ€.
Pero con el panorama político actual, quizá eso no sea tan cierto. Hace poco el propio presidente anunció que debía bajarse el impuesto de renta para igualarlo con las tarifas del resto del continente. Colombia tiene una de las tasas más altas de la región, cercana al 38% con sobretasa. Según se ha especulado, este valor podría rondar tras la reforma en un 32%.
Igualmente se anunció quitar el cuatro por mil de las transferencias, un tema de alta sensibilidad política pues toca a 3 millones de famillas colombianas que se benefician con los dineros girados por sus parientes en el exterior. Quizá por esto algunos analistas denunciaron que se está haciendo populismo con esta reforma, o incluso, como dice la oposición, campaña política.
Otro tema álgido es el de los incentivos y beneficios que en materia tributaria ha instaurado la actual administración. Desde el Ministerio de Hacienda las cuentas cuadran quitando algunos beneficios, como la deducción del 30 por ciento por reinversión de utilidades que dejó un hueco de 860 mil millones en el fisco nacional el 2004.
Sin embargo, el propio presidente se opone a desmontar los más de quince beneficios instaurados en este Gobierno porque, en parte, gracias a ellos es que la economía ha dado un respiro. Así lo ha venido dando a entender.
En el congreso de Camacol resaltó la deducción del 30 por ciento para las inversiones en activos productivos, que la ha significado al gremio constructor reducir la base gravable en 32 mil millones, impulsando re-inversiones cercanas a 105 mil millones.
Por su parte, los estímulos al sector turístico creados por la reforma tributaria de 2002 han dejado un saldo alentador: 3.009 nuevas habitaciones construidas y 81 proyectos hoteleros en proceso, tal y como el primer mandatario lo expreso en el consejo comunal de Gobierno 109 que se dedicó especialmente al sector turístico.
Una gran falencia de la legislación tributaria actual, según el congresista Gustavo Petro, es que los dividendos están exentos. Si el gobierno quiere realmente fomentar la reinversión de utilidades, debe gravar los dividendos.
Como van las cosas, se mantendrán muchos beneficios, como los estímulos a los cultivos de tardío rendimiento, a los servicios de ecoturimo, a las cuentas de ahorro programado para vivienda, y el 25% de exención de retención en la fuente a los salarios.
Finalmente, se habla del fin de las zonas francas y el nacimiento de las zonas “especiales†a las que en adelante, según los compromisos adquiridos por el gobierno con la OMC, se les cobrará una tarifa única cercana al 25%, acorde a la tarifa en otros países latinoamericanos.
El ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla advirtió que la reforma tributaria de fondo vendrá en el segundo semestre de 2006, es decir, una vez sepamos quien es el nuevo presidente; en ella se tocará definitivamente el IVA, el impuesto de Renta y se estudiará el fin definitivo del 4xmil.
Hasta hace poco, lo que hacían contadores, revisores y auditores alrededor del mundo, cada vez que tenían que editar datos financieros venidos de otras latitudes, u otros idiomas, era copiar y pegar entre aplicaciones, estándares y traducciones, o incluso re-digitar los datos de las hojas electrónicas, perdiendo gran cantidad de tiempo.
Para evitar este problema, y otra serie de incomodidades nació el lenguaje para los reportes financieros XBRL, o “eXtensible Business Reporting Languageâ€.
El XBRL proporciona un protocolo estándar (basada en el lenguaje XML de amplio uso en Internet) de información y sistematización financiera que puede ser usado e interpretado de igual manera aquí, en china o Sudáfrica, en cualquier computador y en cualquier idioma.
En tiempos de grandes multinacionales, filiales, subsidiarias y franquicias; y en pleno auge y desarrollo de las NICs, o normas Internacionales de la Contabilidad, parece algo tan útil y lógico que todos se preguntan por qué a nadie se le había ocurrido esto antes.
El inventor y promotor de esta iniciativa fue Charles Hoffman, quien desde 1998 investigó como usar el lenguaje XML para los informes financieros. En el año 2000 ya se había conformado en comité XBRL en la que confluían varias organizaciones. Dicho comité presentó en Julio del mismo año la primera especificación del lenguaje para empresas estadounidenses.
En adelante, XBRL ha sido apadrinado por las grandes instituciones internacionales reguladoras, como son el IASB (International Accounting Standards Board), y el IMA (Institute of Management Accountants).
¿Pero, qué es realmente lo que hace?
XBRL agrega una etiqueta de código o identificación a las líneas de código que normalmente tienen un informe. Con ellas se les dan atributos la información, manual o automáticamente que establecen una relación binaria, y marcan cada dato sin importar de dónde se tomen o a dónde se exporten. De esta manera, los programas configurados para leer XBRL pueden reinterpretar y organizar la información con las mismas características que tenían en el lugar donde fueron redactadas.
Es en estas etiquetas o características donde cada jurisdicción debe ponerse de acuerdo, pues en ellas irán los datos de la taxonomía determinada. En otras palabras, el software configurado con XBRL deberá ajustarse a los términos de ley de los países que comprenden la jurisdicción.
Una de las grandes ventajas de este sistema es que el formato no se limita a computadores personales, ya que puede verse también desde celular, palm, u otros dispositivos conectados a Internet. También es abierto a casas de software o aplicaciones, ya que puede integrarse con casi todos los sistemas de bases de datos existentes en la actualidad. De hecho, una de las sorpresas que llevan a pensar que este será un estándar mundial en poco tiempo es que las grandes firmas lo han adoptado con entusiasmo y esperan actualizar sus productos con funcionalidades para XBRL.
Firmas como altova.com, y snappyreports.com ya ofrecen servicios y sistemas de edición y procesamiento de datos bajo este lenguaje. Incluso Microsoft ofrece una herramienta para XBRS compatible con su popular suite de Office.
Para más información, puede dirigirse a la página oficial del lenguaje: www.xbrl.org
Quisiera saber si tienen algun comentario sobre el tema de la suspension del cobro de el impuesto sobre dividendos el cual fue publicado el pasado 16 de septiembre el portafolio es de extrema urgencia
mil gracias
Magda
Quisiera que sacaran articulos de marketing y todo lo relacionado con la económia del pais.
Los felicito,soy una nueva usuaria de este servicio y me encuentro satisfecha con él.
Gracias
AGRADEZCO MUCHISIMO SU INFORMACION, PUES ME HACE ESTAR A LA BANGUARDIA DE LAS NOTACIAS RELACIONADAS CON MI CARRERA, ASI MISMO, SOLICITO INFORMACION SOBRE SI UNA PERSONA NATURAL QUE TIENE UNA PELUQUERIA POR VALOR APROXIMADAMENTE DE $1.500.000,00 Y DESEA SABER SI ES NECESARIO INSCRIBIRSE EN EL RUT Y CUATOS DEBE PAGAR Y CUALES SON LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA INSCRIPCION.
MIL GRACIAS POR SU INFORMACION…
Discúlpame, pero si de verdad quieres estar a la vanguardia es con “v”
Quiero saber si una persona, dentro de las 400.000 requeridas por la DIAN este mes para que declararan renta, puede hacer su respectiva declaracion sin liquidar la sanciòn por extemporaneidad, es decir, quiero saber sila DIAN estimula a estas personas y las invita a declarar sin ninguna sanciòn, es decir como si estuvieran dentro de los plazos.
Para Yamile.
Yamile el sevicio de peluqueria esta gravado con el Impuesto a las ventas, lo cual quiere decir que la persona debe establecer al regimen al cual pertence de acuerdo a los parametros establecidos conforme al art 499 del E.T.
Ahora bien …Las personas naturales que cumplan con los requisitos para pertenecer al Régimen Simplificado del Impuesto sobre las Ventas conforme al artículo 499 del ET y que a la fecha de vigencia del presente decreto no se encontraban inscritas en el Registro Nacional de Vendedores, teniendo la obligación de hacerlo, deberán inscribirse en el Registro único Tributario sin que haya lugar a la aplicación de sanción alguna, hasta el 29 de junio de 2005…..
ESTA PAGINA DEBE TAMBIER MANEJAR LO CONCERNIENTE A LA NORMATIVIDAD CONTABLE Y PRESUPUESTAL DE ENTES TERRITORIALES, NO OBSTANTE SE TENGAN LAS PROPIAS PAGINAS DE LA NACION…HAY CAMBIOS RELEVENTES EN MANEJO CON RELACION A LA EMPRESA PRIVADA. GRACIAS POR SU ATENCION
FELICITACIONES POR TAN EXCELENTE PAGINA, CON ELLA
CONTRIBUYEN EN GRANDE A NUESTRA PROFESION.
Ante todo, aprovecho la oportunidad para saludarlos y darles mis mas sinceras felicitaciones por tan excelente página.
Mi inquietud es la siguiente: Una PERSONA NATURAL que por sus topes de ingresos se ve obligada a pasar del régimen SIMPLIFICADO a régimen COMUN, debe llevar libros registrados ante la cámara de comercio???. Para efectos de DECLARACION DE RENTA, su patrimonio incluye los activos que están a su nombre como el APARTAMENTO, CARRO y otras propiedades que adquirió antes de tener su negocio?.
Gracias
SANDRA LIZARAZO
Me parace que al gobierno se le ha escapado el tema de los ajustes por inflacion, porque en una economia de un digito de inflacion no es necesario incluirlos en la contabilidad de las entidades comerciales, y des de el punto de vista fiscal me parece que los propositos iniciales de aumentar la tributacion estan totlamente desvirtuados.
Hola, soy recien egresada de la facultad de contaduria publica, y estoy llevando una contabilidad del regimen simplificado (SAI EMPRESA COMUNICACIONES)y una cacharreria quisiera saber de que forma ademas de un software contable puedo llevar el control de los movimientos diarios, ya que los recibos o soportes que me tienen no cumplen con todos los requisitos como son No. de cedula, nombres ilegible, al igual que un buen manejo de inventario.
Les agradezco me colaboren
PARA SANDRA LIZARAZO
SANDRA A SUS INQUIETUDES LE COMENTO
1. HAY QUE ESTABLECER SI ESA PERSONA NATURAL ES COMERCIANTE, SI ES ASI EL CODIGO DE COMERCIO ESTABLECIO EN SU ART 19 NUMERAL 3 LA OBLIGACION DE LLEVAR LIBROS DE CONTABILIDAD REGISTRADOS EN LA CAMARA DE COMERCIO, POR SER COMERCIANTE;
2. PARA EFECTOS DE LA DECLARACION DE RENTA SU PATRIMONIO BRUTO SE DETERMINA CON TODAS LAS INVERSIONES, CUENTAS DE AHORRO, Y PROPIEDADES QUE TENGA A SU NOMBRE, PARA DETERMINAR ESTE PATRIMONIO HAY QUE ESTABLECER EL VALOR FISCAL DE CADA UNO DE LOS ACTIVOS; EN EL CASO DE UN CARRO SE TOMA EL VALOR DE COMPRA DEL VEHICULO; EN EL CASO DE UNA CASA O APARTAMENTO SE TOMA EL MAYOR VALOR, ENTRE EL VALOR DEL PRECIO DE COMPRA Y EL VALOR DEL AVALUO A DICIEMBRE 31 DEL AñO 2004.
Una persona natural que presta servicio de acarreos locales con un vehiculo de su propiedad, es considerado para efectos de determinar su tope de ingresos para Declarar Renta como Trabajador Independiente o como Contribuyente de Menores Ingresos? dónde hay una definición exacta de estos dos conceptos.
Agradezco sus respuestas a mcbonilla@yahoo.com
Considero un acierto tener el contacto en Actualicese.com, ya que me ha permitido estar actualizada en los difentes temas de nuestra profesión. Mil Gracias.
muy bien por todos los comentarios en esta pagina, es un alivio enorme a la actualización que necesitamos a diario los contadores públicos. mil gracias
Hola
Primero quisiera manifestar mi agrado al contar con un portal como lo es actualicese.com…
También quisiera saber si hay alguna noticia sobre el nuevo Presupuesto de la Nación con sus pasos y procedimiento.
Muchas gracias!
DE SER POSIBLE QUISIERA INFORMACION ESPECIFICA DE QUE TRATAMIENTO ESPECIAL RECIBEN LAS IGLESIAS PARA LLEVAR SU CONTABILIDAD.
y que pasará con los ajustes por inflación con la nueva reforma, se seguiran aplicando
hola , quisiera feliicitarlos por tan excelente herramienta y completa informacion que brindan en la pagina web.
quiero preguntar si mi madre tiene 2 taxis y cada uno con chofer y entregan $ 30.000 diarios, la dian le comunico que tenia que declarar ingresos del 2004 , que gastos o demas criterios pueden ser deducibles de la declaracion.
Me parece estupendo esta pagina, y se me ha convertido una herramienta de consulta muy valiosa
Buenas tardes .me parece super importante esta pagina ,realmente es excelente y me ha servido mucho personalmente.
Una sugerencia:existe la posibilidad que sea publicada de manera general las respuestas que ustedes le envian a las personas que solicitan consultas? (pues son de mucha importancia y nos podrian servir a todos los visitadores de la pagina) si asi lo hacen les pido el favor de decirmen donde la encuentro.
Nuevamente mil gracias.
Antes que nada quiero agradecerles porlos boletines que me han enviado y por la información del portal que es una gran herramienta de trabajo.
Tengo una inquietud sobre el pago o abono en cuenta de las utilidades a los socios. Debo hacer algun tipo de retención (Sociedad Ltda).
En el estatuto encuentro en el art. 49 que las utilidades susceptibles de ser distribuidas tienen una parte que no constituye renta ni ganancia ocasional para los socios:
En este caso, se debe seguir el siguiente procedimiento: El impuesto de renta antes de descuentos tributarios y ganancias ocasionales a su cargo que figuere en la decl. de renta del respectivo año gravable lo divido x 3.5. La suma resultante su multiplicará por 6.5. El valor allí obtenido constituye la utilidad máxima susceptible de ser distribuida como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, el cual en ningún caso podrá ser mayor a la utilidad comercial después de impuestos de la sociedad durante el respectivo año gravable. La inquietud es la siguiente: Sobre la parte gravada; la sociedad debe hacerle retención en la fuente al socio al momento de abonar las utilidades a una cuenta por pagar? cual es la tarifa?. Este procedimiento si se utiliza? o de que otra forma se distribuyen las utilidades?
Les agradecería información sobre este tema, es urgente.
Tengo una compañera de trabajo , la cual se encontraba asociada a una Cooperativa Financiera, adquiriò una obligacion de $ 1.000.000.oo , poseìa en sus aportes $ 850.000.00 , cancela ademas en efectivo $ 1.500.000 y se encuentra reportada en Procrèdito. Solicita el saldo que adeuda a la fecha y le informan que fue reportada como cartera morosa por un valor de $ 1.530.000.oo.
Mi pregunta es si esta Cooperativa puede retirar al socio sin èste retirarse, si es legal que liquiden intereses morosos y otros gastos al momento de reportarla como morosa. Ademàs en sus pagos totales realiza la suma de $2.350.000.oo. Y queda pendiente con un saldo de $ 1.530.000.00, el cual segun carta enviada a dicha entidad no han respondido su origen del saldo.
Gracias por la atenciòn a la presente.
Felicitarlos por tan excelente pagina informativa para nosotros los Contadores.
Necesito información sobre los pagos de los aportes parafiscales en el formato unico, para cuando y como.
Gracias.
Ma Janeth.
DE SER POSIBLE QUISIERA INFORMACION ESPECIFICA DE QUE TRATAMIENTO ESPECIAL RECIBEN LAS IGLESIAS PARA LLEVAR SU CONTABILIDAD.
Que bueno que a traves de esta pagina los Contadores Publicos nos unamos para sacar adelante esta profesion. Hay muchos prohesionales desorientados y haciendo muy malos trabajos por ahi. Ojo hay que demostrar que nuestra profesion vale!
hola
necesito que me informen como es el tratamiento de los ingresos en una iglesiay si estos realizan actividades ocasionales como alquiler de sillas , como debe ser su tratamiento.
gracias
Según el concepto unificado del IVA del año 2003, Título IV, Capítulo I, No.2.11, los ingresos de las iglesias por concepto de servicios relativos al culto, están exluidos del IVA; no obstante, cuando una iglesia vende o presta bienes o servicios gravados como es el alquiler de sillas, debe, en principio,revisar si cumple condiciones para inscribirse en el régimen simplificado, en tal caso no estaría obligada a cobrar IVA, ni a declarar, como tampoco estaría obligada a llevar libros de contabilidad para efectos tributarios (los podrá llevar para efectos comerciales)y unicamente tendrá las obligaciones que se indican en el Artículo 506 del E.T.
Si no cumple condiciones para pertecer al régimen simplificado (Art.499 del E.T.)esta iglesia deberá inscribirse en el régimen común y tendrá entonces todas las obligaciones que le imponene el Estatuto a estos responsables del impuesto, entre ellas, entregar factura, cobrar y declarar el impuesto, con la posibilidad de descontar el IVA de las operaciones gravadas por adquisición de bienes y servicios, etc.
Quiero felicitarlos por esta pagina tan importante la cual siempre nos mantiene al día en los temas tan cambiantes como son los impuestos.
Estoy de acuerdo con el colega José, en que debemos amar nuestra profesion y unirnos para defenderla, desafortunadamente con todas las reformas tributarias que han habido el gobierno a decradado nuestra profesion y a hecho que hasta la tienda de la esquina necesita un contador pero pagando los honorarios o el sueldo de un auxiliar, sin teneren cuenta la responsabilidad que tenemos de nuestra profesion.
Buen dia,quisiera saber si me pueden ayudar a resolver còmo liquido horas extras nocturnas dominicales.(Horario de 7pm-7am.)gracias.
Buenas Tardes: Quiero pedir disculpas por no haberles contestado anteriormente, informando la llegada de los boletines que ustedes me han enviado. A la vez les quiero agradecer por que la informacion que contienen los boletines han sido de gran ayuda.
Quisiera que me colaboraran con una Pregunta: Asesoro una Compañia que es Asociacion sin animo de lucro y a la vez es sociedad extranjera. Los socios de la compañia quieren que se les haga devolucion de una parte de las cuotas de sostenimiento y que a la vez hemos obtenido utilidad a travez de ellas. Si se les devuelve esa partecita y nuestra contabilidad fue afectada de la siguiente forma: creamos una cxc entre compañias caso de perdida, vrs ingreso, y cxp entre compañias,utilidad vrs gasto tengo que presentar correccion de mi declaracion de de iva y de renta? por que? a que norma me debo remitir.
Muchas gracias.
Hola, Quiero agradecer por toda la informacion suministrada a traves de esta pagina ya que me ha permitido estar al día de todas las novedades de esta profesion y deseo enormemente ser una buena contadora y se que con esta pagina y unidos todos los contadores sera asi.Quisiera contactarme con personas de experiencia en la profesion porque a penas estoy estudiandola.
GRACIAS
Hola primero los felicito por ésta página de constante información la cual nos sirve de mucha ayuda.
Mi consulta es la siguiente en la cia que laboro tenemos unas utilidades por mil millones de pesos pero obviamente la idea no es declarar ésta cuantía tan alta y se me ha encargado averiguar descuentos tributarios y demás para disminuir la cuantía de las utilidades. Agradezco al colega que éste versado en el tema y me pueda orientar al respecto.
Quisiera que por favor volvieran a enviarme, la información actual sobre los ajustes por infla-ción,que salio en esta pagina, el pasado mes de Septiembre, sobre la tecnica actual para aplicarlos, a que cuentas contables , y sobre todo cuando se traten de Empresas que llevan sus inventarios por los sistemas Periodico o permanente. La verdad no alcanze a tomar este boletin y hasta el momento no he podido volver a consultarlo ?
Muchas gracias por los boletines que me han enviado, contiene información valiosísima para estar actualizados con nuestra profesión y así prestar un mejor servicio y de calidad a nuestros clientes. Felicitaciones..y nuevamente muchas gracias.
Primero que todo un abrazo de navidad y año nuevo, y mil gracias por su excelente labor.
me interesaria mucho que dentro de los valiosos soportes que nos ofrecen, me asesoraran en cuanto a la aplicabilidad y aceptacion de la DIAN, ante contratos de mandato con sus respectivas obligaciones
tributarias tanto para mandante como para mandatario.
gracias
Gracias por todos los aportes que le hacen a la profesión.
Les solicito el favor que me colavoren donde puedo consultar la contabilización de inventarios en el sector agropecuario especificamente en el sector floricultor.