Una de las preguntas más frecuentes que recibe el Ministerio de la Protección Social a través del grupo de atención al ciudadano es cómo liquidar las prestaciones del servicio doméstico, este interrogante demuestra el desconocimiento por parte de las empleadoras y trabajadoras a los deberes y derechos que tienen en las relaciones laborales, por ello, en este número de nuestro boletÃn resolveremos sus inquietudes.
Todos los trabajadores que desempeñen labores domésticas relativas a quehaceres de casa, tales como: jardinerÃa, aseo, cocina, cuidado de niños, cuidado de mayores, cuidado de animales, conductor de familia, ama de llaves, etc
No, ningún trabajador puede laborar por debajo del salario mÃnimo legal establecido por el Gobierno Nacional, pero para el servicio doméstico hay un aparte especial que indica que si la persona empleada vive en el lugar de trabajo puede recibir en especie hasta un 30% del salario.
Cálculo del salario base de liquidación para trabajadores por dÃas:
Salario semanal / 7 (siete dÃas a la semana) = Salario Promedio DÃa
Salario Promedio DÃa X 30 (número de dÃas del mes) = Salario Base de Liquidación
CesantÃas: Salario Base de Liquidación X Tiempo Trabajado (expresado en # de dÃas) / 360
Intereses a las CesantÃas: Valor de las CesantÃas X Tiempo Trabajado (expresado en # dÃas) X 12% / 360
SÃ, a las vacaciones y a su respectiva liquidación de la siguiente manera:
Vacaciones: Salario Base de Liquidación X Tiempo Trabajado (expresado en # dÃas) / 720
El Servicio Doméstico está excluido del pago de prima de servicios, derecho que corresponde a trabajadores/as de empresas, como beneficio de la distribución de las utilidades generadas por la empresa. Pero eso no significa que los empleadores no puedan entregar voluntariamente una bonificación, por el reconocimiento del servicio recibido.
Si, debe estar afiliado a la seguridad social integral y bajo las siguientes indicaciones:
Salud: No podrán cotizar sobre un valor inferior a un (1) SMMLV, el aporte total para salud es del 12% del salario mensual, de los cuales el 8% estará a cargo del empleador y el 4% del trabajador.
Pensiones: La cotización se hará por el 15% del salario, del cual el 75% estará a cargo del empleador y el 25% restante del trabajador.
Riesgos Profesionales: A diferencia de Salud y Pensiones, el total de los aportes corren por cuenta del empleador, quien es el encargado de elegir la Administradora de Riesgos Profesionales - ARP.
Tomado del Ministerio de Protección Social
ESTOY MUY AGRADECIDA POR SU COLABORACION, LOS FELICITO POR SER INCONDICIONALES EN LA AYUDA PRESTADA.
QUIERO PREGUNTAR LO SIGUIENTE:
1. SI SE REALIZO UN AUMENTO SALARIAL EN EL MES DE OCT/05, EN ENERO /06 SE DEBE AUMENTAR CON EL AUMENTO DECRETADO POR EL GOBIERNO.
2. A PARTIR DE QUE VALOR DEL SALARIO NO SE TIENE DERECHO AL SUBSIDIO DE TRANSPORTE Y AL SUBSIDIO FAMILIAR?
GRACIAS POR SU ATENCIÃ’N Y RESPUESTAS
BUENAS NOCHES QUERIA SABER SI TIENEN INFORMACION DE COMO VALORAR ( METODOS) EMPRESAS PARA UNA POSIBLE FUSION. O ALGUNAS BIOGRAFIAS QUE ME PUEDAN SERVIR. IGUALMENTE ME GUSTARIA QUE ME COLABORARAN EN BASE A QUE INFORMACION PUEDO COTIZAR ESTA VALORACION PARA EL CLIENTE. GRACIAS.
MIA CORREO ES claumarta@epm.net.co
HOY CONOCI ESTE PORTAL Y ME PARECE GENIAL QUE PODAMOS RESOLVER MUCHAS INQUIETUDES, ME GUSTARIA SABER A QUE TIENE DERECHO UNA EMPRESADA DE SERVICIO DOMESTICO QUE TRABAJA 3 VECES A LA SEMANA, PUES ME GUSTARIA AYUDAR A UNA PERSONA QUE ESTA EN DIFICULTADES.
BUENAS NOCHES AMIGOS…
AGRADEZCO SI ME COLABORAN ME GUSTRIA SABER A QUE TIENE DERECHO UNA SEñORA QUE TRABAJA 3 DIAS A LA SEMANA TODAS LAS SEMANAS, SERA QUE NO TIENE DERECHO A VACACIONES?, PRIMAS, ETC.
MIL GRACIAS
ANA ISABEL
no tiene derecho a prima de servicios ya que no trabaja en si para una empresa y no trabaja mas de 36 horas a la semana.
Existe un formato o modelo de contrato para un agregado de una finca??
A que tiene derecho este empleado, A que debo afiliar este empleado, tiene los mismos aspectos que los de un empleado domestico??
Tiene este empleado derecho a auxilio de transporte??
Si este empleado se beneficia del espacio y productos de la finca para tener animales propios,ademas se lucra con un negocio(Tienda) en la vivienda de la finca, de que manera debo ó puedo lograr que un porcentaje de estos ingresos se conviertan en su propio salario, descontando del pago mensual que le hacemos???
realice un contrato incial por 6 meses en marzo de 2005, prorrogables automaticamente, ahora en enero de 2006, pregunte cual iva hacer mi aumento de inicio de año y mi jefe me respondio que ese aumento me lo hacia era cuando cumpliera un año de trabajo. Mi pregunta es la siguiente: tengo que esperar hasta un año para que me puedan aumentar de sueldo, considerando el cambio de año.
Normalmente los aumentos se deben hacer al cambiar el año puesto que para ese entonces ya hay aprobados los aumentos legales al salario minimo legal vigente y segun la ley se debe garantizar el mínimo vital para cada empleado.
Es cierto que los aportes por concepto de pension salud y arp por ser empleadas del servcio domestico se deben cancelar por anticipado como si fueran trabajadores independientes?
Es correcta esta liquidación de servicio doméstico: trabaja un día a la semana por #23.000
23.000/7 = 3286 salario promedio dia
3286X30 = 98580 salario base de liquidación
tiempo trabajado: 52 días (porque es un día semanal)
Cesantías: 98572×52/360 = 14238,20
interesses: 14238,20×52x12/360 = 24757,60
Otra pregunta como afiliar a salud,pensiones y riesgos a una persona que solo trabaja un día a la semana si se exige un SMMLV
Senores
Les agradeceria me ilustraran sobre la forma de liquidar la cesantia a una empleada que lleva 6 anios trabajando en casa, 2 dia a la semana, y no se le ha conignado la cesantia ni pagado los intereses nunca, solo las vacaciones. Les pido el favor de detallar los conceptos (intereses, multas, valores anuales y totales etc.) El pago diario se ha venido incrementando anio a anio en el mes de enero, con la inflacion decretada.
Agradezco su gentil respuesta. Por favor indiquenme si debo consultarla en la web o ustedes responden el email.
Gracias de antemano
El servicio doméstico trabajando por dias recibe salario integral cierto? Qué incluye el salario integral?
Buenas tardes:
Agradezco a actualicese por su gran servico es excelente y a diario hago parte de toda su informaciòn.
Quisiera que me colaboraran con el impuesto de industria y comercio para profesionales; es solo para los contadores? o para todos en general.
Gracias
Les agradezco enormemente la colaboraion que me han orestado en estos dos ultimos años, no tenog palabras para agradecerle la constante informacion que me envian.
mi duda es la siguiente, TODA PERSONA NATURAL QUE ESTEN REGISTRADOS EN EL RUT DEBEN PRESENTAR DECLARACION DE INGRESOS Y PATRIMONIO?, SI EL PATRIMONIO ES SUPERIOR DE 84.880.000 PERO LOS INGRESOS SON INFERIORES EL IMPUESTO A CARGO ES CERO?
Tengo una empleada de servicio domestico que trabaja por 2 dias a la semana, baje la pag. del Minsterio de la Proteccion Social por Internet el mismo dato que Uds. tienen en esta pag., asi como la Señora Isabel Rey pregunta el 6 de Enero , yo tambien liquide igual a mi empleada,a ella le parecio que esa no era la liquidacion que era muy bajito y entonces fui al ministerio de la proteccion social (trabajo) a que me ayudaran pero alli me liquidaron en el caso que dice tiempo trabajado en numero de dias, que era para mi caso es de 104 dias ,pero el señor que me colaboro dijo que estaba mal tomado el dato, que estaba equivocada y eran eran 360 dias , que se tomaban todos los 360 dias porque eran los extremos , por lo anterior estoy confundida y no entiendo si se habla de tiempo expresado en dias , yo entendi que era proporcional al tiempo que laboran o los dias que trabajaron, porque considero que no es justo que se tomen los 360 dias cuando no los trabajan o existe otra explicaciòn.Muchas gracias,
UN trabajador con contrato indefinido, al momento de la liquidacion (1 mes)se le debe pagar vacaciones.
si las vacaciones con la nueva ley se liquidan las vacaciones por la fracion del año asi como trabajo un mes = 433700*30/720 esa es la formula para liquidar vaciones salario sin subsidio de transporte * numero de dias laborados dividido por 720
deseo contratar una empleada domestico tiempo completo interna tiene descanso los dias domingos, le doy la alimentación y la vivienda, quisiera saber que sueldo debo cancelar mensualmente, y si tiene derecho a subsidio de transporte, segun lo que entiendo tendria que descontarle el 30% por salario en especie, esto seria sobre $408.000=? osea le pagaria mensualmente $285.600=, les agradeceria su respuesta lo mas pronto posibe gracias
Quisiera saber si la cesantia se puede pagar en efectivo, pues en horizonte me dijeron que si,,pero me da miedo pagar en efectivo y que luego me demanden..gracias
Hola
Me gustaría saber a que tiene derecho una empleada de servicio doméstico que labora 4 días a la semana todas las semanas, como debo liquidarla, debo pagar salud y pensión? agradezco su colaboración
tengo entendido que la pension subio en el año 2005 al 15.5% porque ustedes dicen que al liquidar una trabajadora de servicio domestico es el 15 unicamente
agradezco la colabaoracion y a la vez los felicito por toda la informacion que nos suministran
Gracias por la información publicada. Quiero saber si sobre el salario de los empleados de servicio doméstico hay que hacer aportes parafiscales ? Tanto en la información publicada aquí como en la página del ministerio no informa nada al respecto. Sin embargo recibí una llamada del ICBF cobrándome aportes por la empleada doméstica y ellos me dicen que no hay excepciones. Es eso cierto ?
Mil Gracias por la respuesta.
deseo contratar una empleada domestico tiempo completo interna tiene descanso los dias domingos, le doy la alimentación y la vivienda, quisiera saber que sueldo debo cancelar mensualmente, y si tiene derecho a subsidio de transporte, segun lo que entiendo tendria que descontarle el 30% por salario en especie, esto seria sobre $408.000=? osea le pagaria mensualmente $285.600=, les agradeceria su respuesta lo mas pronto posibe gracias
UNA EMPLEADA DEL SERVICIO QUE SOLO LABORA 3 DIAS EN LA SEMANA TIENE DERECHO A LIQUIDACION DE CESANTIAS, VACACIONES Y PRIMA. Y ADICIONAL SI ELLA NO VIVE EN LA CIUDAD QUE LABORA Y DESDE UN PRINCIPIO SE LE INFORMO QUE LABORARIA EN OTRA CIUDAD, CADA QUE SALE A DESCANSO ES OBLIGACION DEL EMPLEADOR DARLE PARA PASAJES?
GRACIAS POR SU COLABORACION
Quisiera saber como liquidar una empleada de servicio salario 390000 mes, EPS, pension y Arp totalmente asumidos por mi. Son 163 dias, el motivo abandono del trabajo, no es empleada interna viene todos los días, no se si haya que indemnizarla en caso tal son los 30 dias o la proporcion de acuerdo con el tiempo trabajado.
Muchas gracias
Estoy suscrita a su servicio y lo aprecio mucho. Necesito saber si es obligatorio o no el pago de aportes parafiscales para los empleados de servicio doméstico?
EL ICBF sostiene que de acuerdo a una norma reciente no hay excepciones. Es cierto ? O están pescando incautos?
Deseo saber:
1.Cuánto le puedo descontar por alimentación a una empleada del servicio doméstico que trabaja los 6 dias a la semana ganando el salario mínimo con sus respectivas prestaciones.
2. Si el contrato es atérmino fijo y la empleada se retira por su voluntad.
CUANTO ES EL PORCENTAJE DE PENSION PARA REALIZAR EL PAGO A UNA EMPLEADA DE SERVICIO DOMESTICO, ACTUALMENTE.
LAS LICENCIAS NO REMUNERADAS AFECTA PARA EL PAGO DE LAS PRESTACIONES SOCIALES?
quisiera saber como le hago la liquidacion a la empleada del servicio domestico que cumple 2 años con un sueldo de $500.000.oo, nunca se le ha pagado cesantias ni vacaciones… es empleada externa.
Agradezco su comentario……. gracias
LUZ 12 OCTUBRE DE 2006 A LAS 4 : 48 PM
QUISIERA SABER COMO HACERLE LA LIQUIDACION A LA MUCHACHA DOMESTICA QUE TRABAJO 8 MESES MEDIO TIEMPO CON UN SALARIO DE 80.000 Y 3 MESES TIEMPO COMPLETO CON UN SALARIO 120.000 QUISIERA SABER COMO LIQUIDARLA.Y SI SE LE PUEDE DESCONTAR LOS DAñOS HECHOS EN MI CASA POR ELLA LOS DIAS FALTANTE AL TRABAJO LE AGRADEZCO SU ATENCION
Necesito saber, si es obligatorio o no, el pago de aportes parafiscales (sena, comfacor, icbf) para los empleados del servicio domestico. el icbf esta haciendo cobro presuntivo por dicho concepto, y sostiene que es obligatorio.
Gracias por la colaboracion prestada.
Tengo una empleada domestica que trabaja con migo desde hace 14 años, trabaja un solo dia a la semana, no la he liquidado expresamente cada año, pero si le doy cada fin de año dinero en efectivo, me podrian enviar bosquejo de la liquidacion con base al salario minimo diario legal vigente.
Agradezco de antemano su amable colaboracion.
Ejemplo de Liquidación (verificar)
Si la persona empleada vive en el lugar de trabajo puede recibir en especie hasta un 30% del salario.
Días que trabaja en la semana: 1 dia(s)
Horas adicionales que trabaja fuera de las 8 horas en el día: 2 horas
Salario mínimo diario (8 horas): $ 13.600
Valor horas extras $ 2.125
Subsidio de Transporte $ 1.590
Salario Semanal : $ 19.440
Días de la semana: 7
Salario promedio diario $ 2.777
Días al mes: 30
Salario Base de Liquidación: $ 83.314
Fecha en que comenzó a trabajar: 01/01/2006
Fecha de retiro ó liquidación: 31/12/2006
Días trabajando (como empleada) 360
“Días trabajando”: son TODOS los días.
Cuente los días desde que comenzó a trabajar hasta el día en que se retira ó liquida, así haya trabajado un día a la semana
Cesantías: $ 83.314
1 mes de salario por cada año y proporcional Salario Base de Liquidación x ( “días trabajando” / 360 )
Por ejemplo:
Si trabajó un día a la semana durante 1 año Los “días trabajando” son 360 no son 52
Intereses a las cesantías: $ 9.998
Cesantías x 12% x (”días trabajando” / 360 )
Vacaciones: $ 41.657
Salario base de liquidación x (Días trabajando / 720)
Total a cancelar por el año 2006 $ 134.969
comentarios: hugoxgomez@yahoo.com
QUISIERA SABER COMO SERIA LA LIQUIDACION DE UNA PERSONA QUE TRABAJO DURANTE ONCE AñOS INTERRUMPIDOS,Y TRABAJABA UN DIA A LA SEMANA.
Luz: Tengo la misma inquietud sya, una empleada que labora un dia a la semana por 11 años ininterrumpido. Deseo saber ss derechos segun las leyes Colombianas.
COMO LIQUIDAR A UNA EMPLEADA DOMESTICAS INTERNA
Agradezco me indiquen como liquidar a una empleada domestica que trabaja 2 dias a la semana por el año 2006
mi esposa trabaja en una casa de por dia en una casa de familia.le liquidarón com 289000 pesos,
ella trabaja al mes 16 dias y su salario es de 352000 pesos mensuales. mi pregunta esta bien liquidada por un año trabajado o le falta, algo mas,por nosotros tenemos dudas. lale agradecemos de corazon que nos colabore,
tengab usted un feliz año nueno.y que dios lo
proteja a usted y sus seres queridos.
Buenos días quisiera que me colaboraran con la siguiente inquietud:
mi empleada del servicio doméstico trabaja de lunes a sábado medio tiempo, mi pregunta es si las cesantias , los intereses y las vacaciones debo dividirselas por la mitad, por lo que trabaja medio tiempo.
Y si eso está regalamentado por favor indiquenme en que ley.
Mil gracias
yo también tengo la misma inquietud que usted, me gustaría saber si ya obtuvo respuesta de alguien sobre esto
Gracias
quisiera saber como deben liquidarme las horas nocturnas festivas y corrientes, el dia festivo y el dia dominical con base a salario minimo vigente 2007 en colombia. patricia gracias
Su informacion y comentarios son muy valiosos. A la fecha Enero 11 /07 quisiera conocer si esta aprobada y vigente algun aumento en los aportes de salud y pension para servicio domestico y en que proporcion se debe pagar por parte del patron e empleado. Asi mismo deso conocer los valores correpondientes a pagar para una persona que solo labora tres dias a la semana.
Muchas Gracias. Clara
por favor que alguien me ayude a liquidar una empleada domestica que trabaja interna y cuy salario mes es de 350.000 pesos
Quiero colaborarle a una compañera de trabajo que va ha liquidar la empleada de servicio domestico pero no hemos podido elaborar la liquidación así:
Fecha ingreso: 3 enero de 2005
Fecha retiro : 24 de enero 2007
Tiempo servicio: 335 día
Sueldo mensual: 270.000
solicito me colaboren o me den una guía para elaborar bien esta liquidación.
Gracias.
MIRIAM VALLEJO MUñOZ
Brigada 17 Carepa.
El empleador está obligado a afiliar a sus trabajadores a los sistemas generales de pensiones; de salud; y de riesgos profesionales. Esto aplica tambien para las empleadas por dias, que tienen dos patrones? Como se haria en ese caso.
Gracias