Hemos recibido de parte de la DefensorÃa del Contribuyente y Usuario Aduanero, la Comunicación No. 001447 del 23 de Noviembre de 2004 relacionada con nuestro BoletÃn No. 86 .
Bogotá D.C, 23 Nov de 2004
Señores
BOLETIN DE ACTUALIZACION CONTABLE Y TRIBUTARIA
Apreciados señores:
Como Defensora Nacional del Contribuyente y Usuario Aduanero recibo con agrado el BoletÃn No. 86, en que registran la posición asumida por esta Defensoria frente al trato injusto e inequitativo de que fueron objeto aquellos contribuyentes que masivamente y de oficio reclasificó la Dirección Impuestos y Aduanas Nacionales al régimen común sin reunir los requisitos de ley.
De igual manera, comparte este Despacho la preocupaciones planteadas en el boletÃn sobre el pronunciamiento de la Honorable Corte Constitucional al declarar inexequible el numeral 3º del articulo 14 de la Ley 863 de 2003; en este sentido me permito adjuntarles comunicación enviada a la Corte con ocasión de la sentencia C - 1114 de Noviembre 8 de 2004 , solicitando se modulen los efectos del fallo a partir de la fecha de publicación de la Ley materia de revisión constitucional , para que quiénes acataron en su momento la norma puedan regresar al régimen simplificado sin consecuencia jurÃdica alguna, por la vigencia de la misma.
Sea esta la oportunidad para felicitarlos por su meritoria publicación y para ofrecer nuestra disposición de trabajar mancomunadamente en procura del respeto de los derechos de los contribuyentes y usuarios aduaneros y cambiarios.
Cordial Saludo
Bogota D.C, 18 Nov 2004
Doctor
ALVARO TAFUR GALVEZ
Magistrado de la Honorable Corte Constitucional
La Ciudad
Referencia:
Solicitud modular efectos sentencia C - 1114 de Noviembre 8 de 2004
Expediente : D - 5131
Comunicado: 8 de Noviembre de 2004
Sala Plena 8 y 9 de Noviembre de 2004
Norma revisada: numeral 3º del artÃculo 14 de la Ley 863 de 2003
Apreciado Honorable Magistrado , Doctor Tafur Gálvez
En ejercicio de la función asignada a la DefensorÃa del Contribuyente y Usuario Aduanero , mediante el artÃculo 31 del Decreto Ejecutivo 1071 del 26 de junio de 1999 , en virtud del cual le corresponde velar por la protección de los derechos y garantÃas de quienes tienen vÃnculo obligacional para la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales , teniendo en cuenta el comunicado expedido por la Sala Plena de esa excelsa Corporación el 8 de Noviembre de los corrientes , y en aras de que se obtenga una verdadera justicia real y material y no meramente formal como consecuencia del restablecimiento del orden jurÃdico vulnerado , frente a los eventos , en los que por efectos de vigencia del numeral 3º del artÃculo 14 de la Ley 863 de 2003 declarado inexequible , se hayan conculcado derechos de los contribuyentes por las obligaciones surgidas con base en dicha norma y las correlativas aciones de fiscalización de la Dirección de Ympuestos y Aduanas Nacionales , de manera respetuosa , me permito solicitar si fuere procedente , modular los efectos de la sentencia a partir de la fecha de la publicación de la Ley materia de revisión constitucional.
Consideré importante acudir a la suprema guardiana de la Carta Magna , en la seguridad de encontrar en su sabidurÃa , la equidad y certeza jurÃdica que tanto anhelan los pequeños comerciantes que se vieron afectados con la expedición de la norma declarada inexequible , quienes asà como acataron en su momento la ley , hoy aspiran a regresar al régmen simplificado , sin consecuencia jurÃdica alguna por la vigencia de la misma.
Cordial saludo
BEATRIZ EUGENIA FERNANDEZ DE MARTINEZ
Defensora del Contribuyente y Usuario Aduanero
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Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
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