El impuesto sobre las ventas, comúnmente denominado impuesto al valor agregado IVA, es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes y servicios. En Colombia se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de la producción, importación y distribución.
Fiscalmente el concepto de valor agregado, como su denominación lo indica, corresponde a la diferencia entre el valor pagado por los bienes y servicios gravados adquiridos y el valor que al momento de la venta o prestación del servicio gravado se adiciona, de tal manera que el impuesto a las ventas se causa únicamente sobre el mayor valor adicionado en la nueva operación, pero el impuesto pagado al adquirirlos se trata como descontable.
Para la aplicación del impuesto sobre las ventas, los bienes y los servicios se clasifican en gravados, excluidos y exentos.
1.3. ¿ QUE SON BIENES ?
Son aquellas cosas corporales o incorporales.
Las corporales son aquellas que tienen un ser real y pueden ser percibidas por los sentidos; como una casa o un libro.
Incorporales son aquellas que consisten en meros derechos y por lo mismo no pueden ser percibidas por los sentidos. Ejemplo: Derechos de Autor, Nombre Comercial. (Art. 653 Código Civil)
Son aquellos sometidos a gravamen, en cuya importación o comercialización se aplica el impuesto a la tarifa general o las diferenciales vigentes del 2%, 7%, 16%, 21%, 33%, 35% y 38%.
Son aquellos que por expresa disposición de la Ley no causan el impuesto; por consiguiente quien comercializa con ellos no se convierte en responsable ni tiene obligación alguna en relación con el gravamen. Si quien los produce o comercializa pagó impuestos en su etapa de producción o comercialización, dichos impuestos no dan derecho a descuento ni a devolución, y por lo mismo constituyen un mayor costo del respectivo bien.
Son aquellos bienes que, atendiendo tanto a la naturaleza como a su destinación, la Ley ha calificado como tales. Estos bienes tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados a la tarifa 0%; están exonerados del impuesto y los productores de dichos bienes adquieren la calidad de responsables con derecho a devolución, pudiendo descontar los impuestos ocasionados en la adquisición de bienes y servicios y en las importaciones, que constituyan costo o gasto para producirlos o para exportarlos.
La Ley le ha dado el tratamiento de exentos a los siguientes bienes:
Libros y revistas de carácter científico y cultural,
Los bienes que se exporten,
Alcohol carburante con destino a la mezcla de gasolina para los vehículos automotores,
Los bienes que se vendan en el país a las Sociedades de Comercialización Internacional siempre que hayan de ser efectivamente exportados directamente o una vez transformados.
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La Ética Profesional, la Credibilidad, los Conocimientos Técnicos y los Profesionales son algunos de los Factores que se exponen en esta Conferencia dictada por el Dr. Enrique Zamorano, quien nos muestra algunos de los deberes que los Contadores Públicos tienen ante la Sociedad, sus Colegas y la Profesión.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
quiero saber cuales son los contribuyentes que deben pagar retencion en la fuente
Comentario para (1) Nery Marìa Sinisterra R.
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…”PAGOS O ABONOS EN CUENTA SUJETOS A RETENCION EN LA FUENTE”…
Una buena síntesis que la aproxima a los deberes tributarios encuentra en la tabla de retenciones aplicable en el año 2007, que ubica en el siguiente enlace:
http://www.actualicese.com/actualidad/2007/01/02/retencion-en-la-fuente-aplicable-en-el-ano-2007/
Cordialmente,
RETENEDOR
Bogotá D. C., Colombia, S. A.
Quiero saber que tarifas diferenciales existen y sobre que tipo de bienes se aplica?
Buenos días, quisiera despejar unas dudas en cuanto a reteiva, resulta que en el Amazonas, según la ley 223 de 1995 en su artículo 270, que trata de la exclusión del impuesto sobre las ventas en el Departamento del Amazonas, la cual a la letra dice: “sin perjuicio de lo dispuesto en la ley 191 de 1995, la exclusión del régimen del impuesto sobre las ventas se aplicará sobre los siguientes hechos: a) la venta de bienes realizadas dentro del territorio del Departamento del Amazonas, b) la prestación de servicios realizados en el terriotiro del Departamento del Amazonas”, por lo anterior quisiera saber si nosotros como entidad pública, departamento de policía, actuando como compradores de bienes y/o servicios en Bogotá a través de contrato celebrado en Leticia Amazonas, estamos en la obligación de cobrar el reteiva 50%?, quienes nos venden los productos y/o servicios están en la obligación de relacionar en la factura el iva?.
Agradezco de antemano su amable colaboración.
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Comentario para Yuribeth
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…”EXCLUSION DEL IMPUESTO A LAS VENTAS EN EL AMAZONAS”…
Tal como usted lo advierte, el Departamento del Amazonas está excluido del impuesto a las ventas. De manera que su proveedor en la factura debe especificar su exclusión invocando la norma. Al “no” generarse el tributo tampoco procede retención alguna.
Cordialmente,
Bogotà D. C., Colombia, S. A.
PODRIA ALGUIEN ACLARARME ESTAS DUDAS POR FAVOR.
- ¿LA DIAN CUANDO COMPRA PAPELERIA PARA SU CONSUMO DEBE PAGAR IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS A SUS PROVEEDORES?
- ¿SE GENERA IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS CUANDO EN EL ALMACEN DE UN COMERCIANTE OCURRE UN ROBO DE MERCANCIAS POR PARTE DE UN EMPLEADO,DESDE LUEGO, O RESPECTO A LAS MERCANCIAS HURTADAS?
- ¿UNA PERSONA QUE UNICAMENTE VENDE INMUEBLES PUEDE SER RESPONSABLE DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS?
- ¿SE GENERA IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS CUANDO UNA EMPRESA QUE PRESTA SERVICIOS DE BANQUETES,ORGANIZA UN BANQUETE CON ALMUERZOS PARA SUS TRABAJADORES?
- ¿LA VENTA DE UN SEGURO EN BOGOTA PARA UNA CASA UBICADA EN LETICIA GENERA IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS?
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